Miércoles 24 de Diciembre de 2025

Hoy es Miércoles 24 de Diciembre de 2025 y son las 12:08 - NIVELACIÓN DE LA VEREDA DEL HOSPITAL / RECREATIVO SE REARMA PENSANDO EN EL 2026 / OBRAS DE AMPLIACIÓN DE LA RED CLOACAL / TRABAJOS EN SUPERMERCADOS DE LAUNIDAD DE RIESGOS / PRONÓSTICO EXTENDIDO PARA LOS PRÓXIMOS SIETE DÍAS / COLONIA BARGE YA TIENE SU SALA VELATORIA / PULVERIZACIÓN PREVENTIVA CONTRA LOS MOSQUITOS / EXTENSIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE / MEMORIA Y BALANCE N°72 DE LA COOPERATIVA / DESPISTE DE MOTO EN RTA 11 / ROBO EN VIVIENDA DE LABORDE / INGRESARON A ROBAR EN UNA VIVIENDA DEL CENTRO / 40.000 PERSONAS REUNIÓ EL GAUCHITO 2025 / UNIVERSIDAD SIGLO 21: CARRERAS INNOVADORAS EN MONTE MAÍZ / DESPISTE EN SOLITARIO DE CAMIONETA / UN HOMBRE FALLECIÓ TRAS SUFRIR UN PARO CARDÍACO / EL GANADOR DEL AUTO DEL GAUCHITO PLUS / COTI SOROKIN DESLUMBRÓ AL PÚBLICO DEL GAUCHITO / GANADORES DE LOS PREMIOS MÚLTIPLES / LOS GANADORES DEL GAUCHITO /

31.4°

Monte Maíz

INTERÉS GENERAL

8 de abril de 2021

RESTRICCIÓN HORARIA DE 00:00 A 06.00 HS.

SOLO PODRÁN CIRCULAR QUIENES DESEMPEÑEN ACTIVIDADES ESENCIALES. LAS MEDIDAS RIGEN DESDE LAS 00:00 HS. DEL VIERNES 9 DE ABRIL

Tras una reunión virtual que mantuvieron esta tarde Intendentes y Jefes/as Comunales con autoridades del Ministerio de Salud de la provincia se firmó un Acta acuerdo hasta el día 30 de abril del corriente año, adhiriendo (con algunas modificaciones) a las medidas preventivas y restricciones horarias y de circulación informadas el miércoles por el Presidente Alberto Fernández.

En tal Acta se especifican los siguientes puntos que se deberán respetar hasta la fecha indicada:

  1. Autorícese la circulación de personas entre las 00:00 y las 06:00 hs. para aquellas que justifiquen la misma.
  2. Suspender la habilitación de actividades y reuniones sociales de más de 10 personas en domicilios particulares.
  3.  Los bares, restaurantes y demás actividades no esenciales deberán permanecer cerradas entre las 00:00 hs. hasta las 06:00 hs de lunes a viernes. Y desde la 01.== hasta las 06:00 hs. los sábados, domingos y feriados.
  4. Inhabilitar la actividad de casinos y bingos desde las 00:00 hs. hasta las 06:00 hs.
  5. Todas las actividades, excepto aquellas mencionadas en el punto 3, continúan habilitadas siguiendo los protocolos sanitarios vigentes.
  6. Los firmantes se comprometen a fortalecer las acciones de vigilancia con el fin de detectar de manera temprana los casos. Permitiendo la atención adecuada de los pacientes y la implementación de las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
  7. Cada Municipio y/o Comuna se compromete a controlar el cumplimiento de las disposiciones y protocolos vigentes para todas las actividades que continúan habilitadas.
  8. El alcance y el tenor de estas medidas podrá ser modificado en el caso de que cambie la situación sanitaria-epidemiológica en nuestra provincia.
  9. En casos especiales, la autoridad local podrá acentuar las medidas restrictivas por un tiempo determinado.


COMPARTIR:

Comentarios