Sábado 20 de Abril de 2024

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INTERÉS GENERAL

26 de junio de 2021

DECISIONES DIFÍCILES EN MEDIO DEL DOLOR

COMO CONSECUENCIA DE LA PANDEMIA DE CORONAVIRUS

Sobre el momento difícil que nos toca pasar a todos en estos días, y tan difíciles para la humanidad toda, en que los familiares a veces tienen que disponer la forma en que va a descansar un ser querido, luego de fallecimiento, especialmente por Covid.

Una práctica que va en crecimiento es la cremación del cuerpo. Para dar a conocer algunos detalles, hablamos con el titular de Empresa La Nueva, Luis Alberto Ciciliani, quien sobre el fallecimiento a causa de Covid-19, expresó que "se emitió el 12 de mayo del año pasado el reglamento de sepultura, la primera sugerencia son las medidas de precaución para el manejo de los óbitos. Para el retiro del cuerpo de un sanatorio o un hospital, se utiliza una bolsa de seguridad sellada, y la misma bolsa en un lugar visible contiene la documentación donde figura el documento del fallecido y la causa de la defunción, entre otros datos.

Cuando hay que retirar un fallecido de Covid-19 usamos protección de acuerdo al reglamento de hoy, se debe llevar otra bolsa de seguridad sellada a la que le sumamos a la que nos da el sanatorio, y el féretro lleva una caja de seguridad que debe ser soldada o abulonada en el mismo lugar donde la persona fallece. A partir de ese momento la provincia da dos opciones, la posibilidad de que el féretro vaya a tierra o que se pueda cremar en tiempo y forma con documentación oficial. En el caso de que se decida cremar, lleva una serie de trámites que hay que cumplir, documentos oficiales que hay que firmar, turnos en el crematorio, etcétera. 

Si el difunto va tierra se hace una despedida íntima y se sepulta, caso contrario el féretro debe ser sellado y presurizado y se va a cremar en tiempo y forma, cuando se tenga el turno y la documentación en el crematorio que esté destinado. Hasta hace unos años atrás el crematorio que se utilizaba era el de la localidad de Monte Buey. Pero, desde el año pasado, el crematorio de Monte Buey solamente atiende cremaciones de los afiliados a la cooperativa, que son de la misma localidad. Hay un crematorio en Río Cuarto pero luego de algunas irregularidades no pudimos seguir trabajando con ellos. Lo que hicimos entonces es conseguir una licencia interprovincial y ahora estamos llevando al crematorio de Venado Tuerto. Para la cremación hay una serie de legajos, conformidades, certificación de firma de los deudos, ya sea cónyuge o hijos y solicitudes de traslado, no es algo tan simple y rápido. La documentación queda por triplicado, un original queda en el crematorio, uno la familia y uno a la empresa fúnebre.

Si el fallecido tiene en vida su cónyuge es él/ella quien debe dar su conformidad; caso contrario se requiere la firma de todos los hijos para proceder a la cremación. También puede haber personas que ya tienen una declaración jurada ante un escribano donde han manifestado su decisión futura para el día de mañana en caso de fallecimiento. Si un fallecido tiene uno de sus hijos viviendo en el exterior y no puede estar presente, no se puede avanzar con el trámite, porque debe estar firmado y certificada la firma por escribano o juez de paz. Los costos de inhumación para los familiares de un fallecido que va a cremación se incrementan en aproximadamente un 50 por ciento del valor de un servicio fúnebre común, aunque los costos pueden variar. Estamos hablando de dos cosas totalmente diferentes, una es el servicio fúnebre con la atención y la inhumación en el cementerio y otra cosa es el servicio con la cremación. 

En la ciudad de Córdoba hay gente que decide obviar el paso del servicio fúnebre, se retira el difunto del lugar de fallecimiento y va directo a cremación, sin ningún tipo de servicio pero siempre debe tener toda la documentación que exige la ley para la cremación".

 

FUENTE: multimediosmaldoni.tv



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