Martes 23 de Abril de 2024

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PROVINCIALES

24 de julio de 2021

NUEVAS MEDIDAS EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

HABILITARÁN REUNIONES FAMILIARES DE HASTA 10 PERSONAS

  • Serán a partir del lunes 26 de julio y hasta el domingo 1 de agosto inclusive.
  • Quedarán habilitadas las reuniones familiares y sociales de hasta 10 personas.
  • Además se permitirá la actividad de bingos y casinos con un aforo de hasta el 40 por ciento de ocupación.

El Gobierno de la Provincia de Córdoba informa las nuevas medidas, y la continuidad de las dispuestas hasta el momento, que entrarán en vigencia el próximo lunes 26 de julio y se extenderán hasta el domingo 1 de agosto inclusive, en el marco de la pandemia por Covid-19.

Estas flexibilizaciones son posibles gracias a la situación sanitaria actual y la mejora en los principales indicadores de evolución de la pandemia, como son el RO, el tiempo de duplicación de casos y ocupación de camas, los que demuestran un leve descenso en relación a los últimos reportes.

El RO– el número o ritmo de reproducción promedio de casos nuevos- finalizó la semana 28 con 0,83. El tiempo de duplicación de casos es de 204 días y la ocupación de camas críticas en el orden del 35%.

Por otro lado, en Córdoba más de 2 millones de personas ya recibieron la primera dosis de la vacuna contra el coronavirus, al tiempo que avanza la cantidad de habilitantes que están completando sus esquemas de inmunización con la segunda dosis.

Es por ello que a partir del lunes 26 de julio quedan habilitadas las reuniones familiares y sociales de hasta diez (10) personas, respetando los horarios de circulación vigentes y con los cuidados pertinentes.

Por otro lado, se permitirá la actividad de bingos y casinos, con un aforo de hasta el cuarenta por ciento (40%), conforme a los protocolos que rigen al efecto, y en el rango horario establecido para actividades no esenciales.

Cabe señalar que el pasado 9 de julio de 2021 por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 455/2021, el Gobierno Nacional extendió la vigencia de su similar N° 287/2021 y sus normas complementarias hasta el 6 de agosto del corriente año inclusive.

Córdoba, por su parte, había fijado el esquema de actividades habilitadas y disposiciones sanitarias aplicables en todo su territorio a través del Decreto N° 685/2021, teniendo en cuenta la entrada en vigencia de la temporada turística de vacaciones de invierno.

 



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