Viernes 26 de Julio de 2024

Hoy es Viernes 26 de Julio de 2024 y son las 21:20 - FALLECIÓ EX DIRECTORA DEL CENMA Nº196 / PRONÓSTICO EXTENDIDO PARA LOS PRÓXIMOS SIETE DÍAS / CAMBIO DE DÍA Y HORARIOS PARA SEMIFINALES / EL DR. CHÍAS PROTAGONIZÓ ACCIDENTE DE TRÁNSITO EN SOLITARIO / COMISARIO DE MONTE BUEY EVITÓ SUICIDIO DE UN HOMBRE / RESULTADOS DE LA FECHA 9 DEL REGIONAL JUVENIL / SIGUE ADELANTE EL PROGRAMA CALLES DE MI BARRIO / CHARLA TÉCNICA DEL USO DEL HORMIGÓN ELABORADO / MILLONARIO ROBO EN HERRAMIENTAS / APARECIÓ JOEL SANO Y SALVO / PAOLO AMAYA SERÁ EL NUEVO DT DE TALLERES DE ETRURIA / SE DETERMINÓ LA VUELTA DEL FÚTBOL FEMENINO / LLEVABAN MÁS DE UN KILO DE COCAÍNA EN EL BAÚL / ROBO DE HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS A CARPINTERO DE POSSE / EL TRIGO TOLERÓ LAS BAJAS TEMPERATURAS / LA LOLA CAMPEÓN DE LA LIGA DE LAS COLONIAS / GRAVE ACCIDENTE DE TRÁNSITO EN MONTE BUEY / SOLICITUD DE PARADERO / APREHENSIÓN POR LESIONES Y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD / CATELLI SE SUMA A LA RED COMERCIAL DE AGROMETAL /

12.4°

Monte Maíz

INDICADORES

5 de agosto de 2021

SE FIRMÓ EL REAJUSTE DE LA PARITARIA DE COMERCIO

BONO NO REMUNERATIVO DE $4.000 Y 9% DE AUMENTO

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron ayer 3 de agosto un acuerdo complementario al celebrado en abril pasado para la paritaria 2021 de la actividad mercantil (CCT 130/75).

Las partes consensuaron una gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241), y de naturaleza excepcional, de $4000, que se abonará durante la segunda quincena del mes de agosto de 2021.

Asimismo, acordaron un incremento salarial de 9% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de mayo de 2021.

El mencionado aumento de 9% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241) a partir del mes de noviembre de 2021. Este incremento mantendrá su carácter no remunerativo hasta enero de 2022, momento en que se incorporará a los nuevos básicos de convenio por su valor nominal.

Es importante destacar que el incremento acordado no tiene impacto sobre los adicionales del CCT 130/75 mientras mantenga su condición de no remunerativo y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación, a saber: presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer. Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.

Se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Lo pactado en este acuerdo complementario tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2022 y se ha mantenido el compromiso de las partes a reunirse en el mes de enero para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido. 

Simultáneamente, se acordó la prórroga en idénticos términos y condiciones, para los meses de julio a diciembre de 2021, ambos inclusive, del Convenio de emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad económica (Resol.515/20 MT y Cctes.)

 

FUENTE: fedecom.org.ar



COMPARTIR:

Comentarios