Miércoles 7 de Enero de 2026

Hoy es Miércoles 7 de Enero de 2026 y son las 21:22 - PLAN DE LUCHA CONTRA EL AJUSTE PREVISIONAL / CHOQUE POR ALCANCE EN RUTA 11 / DESTROZOS EN EL KIOSCO: DOS MENORES IDENTIFICADOS / ARGENTINO JUEGA EL 4 DE FEBRERO CON PLATENSE / PLUVIÓMETRO REGIONAL: 6 DE ENERO DE 2026 / COLONIA BARGE: ENTREGA DE VIVIENDA DE PROGRAMA PROVINCIAL / CAMILO ALDAO: CONMOCIÓN POR LA MUERTE DE UN BEBÉ / VANDALISMO Y ROBO DE PELUCHES EN KIOSCO PICHU / INCENDIO DE RASTROJOS DE TRIGO / BELL VILLE: PRINCIPIO DE INCENDIO EN LA CLÍNICA MAYO / BROMATOLOGÍA TRABAJA EN VARIOS FRENTES / ALERTA POR TORMENTAS FUERTES PARA EL SUDESTE CORDOBÉS / INDEPENDIENTE TAMBIÉN JUGARÁ EL PROVINCIAL / INFORME ECONÓMICO Y SOCIAL DE DICIEMBRE DE 2025 / PRONÓSTICO EXTENDIDO PARA LOS PRÓXIMOS SIETE DÍAS / LLEGÓ EL 9 PARA LAMBERT / MODELO DE TELEMEDICINA QUE TRIUNFA EN EL MUNDO / BELL VILLE: PATRULLERO TERMINÓ DENTRO DE UNA ZANJA / ANÁLISIS GEOPOLÍTICO: LA INTERVENCIÓN EN VENEZUELA / LA PROVINCIA BAJO RIESGO EXTREMO DE INCENDIOS /

25.7°

Monte Maíz

INTERÉS GENERAL

17 de noviembre de 2021

YA NO HAY LÍMITE DE AFORO PARA EVENTOS MASIVOS

SOLO LOS QUE SE ORGANIZAN AL AIRE LIBRE

Desde este martes 16 de noviembre, los eventos masivos en espacios al aire libre no tienen límites de aforo para el público presencial, de acuerdo a lo que dispuso el ministerio de Salud de la Nación.

La medida fue tomada ante el avance de las coberturas de vacunación contra el coronavirus, la estabilidad de los contagios en un número bajo y la disminución de las hospitalizaciones y las muertes por más de 23 semanas consecutivas.

La medida que ya está en vigencia desde ayer, se formalizó mediante la Decisión Administrativa número 1128/2021, informó la cartera sanitaria.

Cómo se aplica

Desde la cartera sanitaria destacaron que las personas mayores de 18 años que concurran a eventos al aire libre deberán contar con, al menos, una dosis de vacuna aplicada, como mínimo, con una antelación de 14 días antes del evento.

Además, "las jurisdicciones podrán establecer medidas sanitarias adicionales, temporarias y focalizadas, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, con la finalidad de contener los contagios o para disminuir el riesgo de transmisión", explicaron desde el ministerio.

El Jefe de Gabinete de Ministros, podrá suspender o modificar las normas previstas de acuerdo a la evaluación del riesgo epidemiológico y sanitario, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional.

 

FUENTE: cba24n.com.ar



COMPARTIR:

Comentarios