Jueves 18 de Septiembre de 2025

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PROVINCIALES

20 de marzo de 2023

YA ESTÁ LA FECHA DE LAS ELECCIONES PROVINCIALES

EL GOBIERNO, CONFORME A LA LEGISLACIÓN VIGENTE, CONFIRMÓ LA FECHA

  • Lo hizo tal lo establece la normativa: artículos 43 y 44 del Código Electoral – Ley 9571 y sus modificatorias.
  • El domingo 25 de junio se realizarán los comicios provinciales.
  • Se elegirán Gobernador y Vicegobernador, Legisladores y miembros del Tribunal de Cuentas.

El Gobierno de la Provincia de Córdoba informa que conforme lo establece la legislación vigente, el gobernador Juan Schiaretti, firmó el decreto N° 320 que convoca a elecciones en la Provincia de Córdoba.

Cumpliendo con los artículos 43 y 44 del Código Electoral Provincial -Ley N° 9571- y sus modificatorias, y dentro de los plazos estipulados por la normativa, se fija para el día 25 de junio del corriente año el comicio electoral provincial.

Cabe recordar, que el mencionado artículo 44 dice: “…la convocatoria debe realizarse, por lo menos, con noventa (90) días de anticipación al acto electoral…”

La convocatoria a elecciones tiene el objeto de elegir las autoridades para los cargos de: Gobernador y Vicegobernador de la Provincia y 44 Legisladores Provinciales titulares y veintidós 22 suplentes, considerando a este efecto a la Provincia como Distrito Único.

También, el día 25 de junio se elegirá a un Legislador Provincial titular y su correspondiente suplente, en cada uno de los siguientes Departamentos: Calamuchita, Capital, Colón, Cruz del Eje, General Roca, General San Martín, Ischilín, Juárez Celman, Marcos Juárez, Minas, Pocho, Presidente Roque Sáenz Peña, Punilla, Río Cuarto, Río Primero, Río Seco, Río Segundo, San Alberto, San Javier, San Justo, Santa María, Sobremonte, Tercero Arriba, Totoral, Tulumba y Unión, considerando, a este efecto, a cada uno de dichos Departamentos como Distrito Único.

Además, en la citada jornada se elegirán a tres miembros titulares y tres miembros suplentes para integrar el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Cada elector podrá votar por dos miembros titulares y dos miembros suplentes, considerando a la Provincia de Córdoba, a este efecto, como Distrito Único.

Por último, cabe señalar que el decreto reafirma el ejercicio del federalismo local, consagrado en nuestra Constitución y en la Constitución Nacional, por lo que se convoca al acto electoral más importante de la Provincia en forma separada de las elecciones nacionales y asimismo, dando cuenta que el sistema de votación por boleta única se encuentra vigente en Córdoba, sistema que se posiciona a la vanguardia de los que rigen en todo el País.

 



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