Jueves 21 de Noviembre de 2024

Hoy es Jueves 21 de Noviembre de 2024 y son las 16:52 - LAMBERT TAMBIÉN ELIMINADO EN CUARTOS DE FINAL / CUPO COMPLETO EN LA CAMPAÑA DE DONACIÓN DE SANGRE / LACTO CRUNCH, EL NOMBRE DEL PRODUCTO GANADOR / UN TÍTULO HISTÓRICO PARA EL HOCKEY DE LAMBERT / SESIÓN MIXTA DE CONCEJO / OTRO PREMIO PARA ALUMNOS DEL JOSÉ HERNÁNDEZ / FIESTA DEL MINIBÁSQUET EN CÓRDOBA / CHOQUE ENTRE AUTO Y MOTO EN BELL VILLE / DOS MOMENTOS EMOTIVOS DE LA VIGILIA DEL CENTENARIO / JUSTINIANO POSSE: ALLANAMIENTO POSITIVO POR HECHO DE ROBO / PRONÓSTICO EXTENDIDO PARA LOS PRÓXIMOS SIETE DÍAS / LO QUE PIDE LA CAMINERA EN LAS RUTAS CORDOBESAS / MULTITUDINARIA VIGILIA DEL CENTENARIO DE ARGENTINO / EL HOCKEY DE LAMBERT CAMPEÓN PROVINCIAL / LA ESTAFA A LOS BOMBEROS DE MORRISON / EMPLEO +26: SIGUEN ABIERTAS LAS INSCRIPCIONES / LAS GESTIONES DEL INTENDENTE EN LA PROVINCIA / ARGENTINO CUMPLE 99 AÑOS / LOS MIÉRCOLES HAY COLECTIVO A BELL VILLE / ATLETAS LOCALES EN LA MEDIA MARATÓN DE VILLA MARÍA /

29°

Monte Maíz

METEGOL

15 de mayo de 2018

TRIBUNAL DE DISCIPLINA RECTIFICA FALLO ARBITRAL

EN EL PARTIDO DE RESERVA ENTRE TALLERES Y ARGENTINO DE LA FECHA PASADA EL ÁRBITRO SE EQUIVOCÓ AL EXPULSAR A UN JUGADOR DE TALLERES

El domingo 29 de abril en el Partido de División Reserva que disputaron el local, Talleres de Etruria y el Club Deportivo Argentino se produjo una jugada en el área de Talleres en la que el N° 3, Patricio Gómez Barbetta, de Talleres empuja a un jugador de Argentino y se retira inmediatamente de la jugada. El árbitro, Mario Ibarra, observa la situación acercándose rápidamente y le muestra la Tarjeta Roja al N° 6 del local, Agustín Giraudo, expulsando, de esta manera, al jugador equivocado.

El Club de Etruria hizo el reclamo pertinente al Honorable Tribunal de Disciplina de la Liga Dr. Adrián Béccar Varela que sesionó el día 11 de mayo en Sede de la Liga y tras la rectificación del Informe del árbitro cambió la sanción aplicándole tres partidos de suspensión al Sr, Gómez Barbetta y dejando sin efecto la misma al Sr. Agustín Giraudo.

Así lo indica el Boletín N° 845 del 11 de mayo de 2018

Observaciones: Se da entrada a la nota remitida por el Club Sportivo Talleres de Etruria solicitando rectificación del fallo arbitral en relación al jugador Agustín Giraudo, misiva que acompaña con cd. Se da tratamiento y resolución según expediente Nº 008/2018.

EXPEDIENTE Nº 008/2018

El H.T.D. de la Liga Dr. Adrián Béccar Varela sesionó en el día de la fecha bajo la presidencia de su titula Sr. Jorge Rinaldi, Secretario Sr. José Feliciani y los Vocales Sres. Luís Gornefi, Néstor Garnero y Juan Carlos Ripoll.

Y VISTOS: el informe del Arbitro Sr. Mario Ibarra, siendo rectificado por escrito por parte del árbitro principal, informe en el que consta, que en el partido de fecha 29 de Abril de 2018 entre el Club Sportivo Talleres y su similar Club D. Argentino en Categoría Reserva, resulta expulsado el Sr. Gómez Barbetta Patricio, dejando sin efecto la sanción erróneamente aplicada al Sr. Agustín Giraudo.

Y CONSIDERANDO: Que el informe acompañado por el señor Arbitro del partido Sr. Mario Ibarra, cuya rectificación del informe arbitral obran acompañadas a las presentes actuaciones realizadas en legal forma y por escrito tal como se expresa en los vistos. Que habiendo aportado el Club Sportivo Talleres de la localidad de Etruria video del partido en cuestión y habiendo solicitados reconsideración del fallo emitido con fecha 30 de Abril del corriente. Que de la prueba aportada surgen con claridad las afirmaciones expresadas en la solicitud de reconsideración de fallo, y que los hechos son fieles a la rectificación del informe de referencia, este Tribunal basado en las pruebas antes mencionadas, y que obran en las presentes actuaciones RESUELVE: Hacer lugar en forma total al pedido de reconsideración legítimamente planteado por la institución de Sportivo Talleres, dejando sin efecto la sanción aplicada al Sr. Agustín Giraudo por encontrarse inocente de culpa y cargo, y dictando sanción al Jugador Sr. Gómez Barbetta Patricio de 3 (tres) partidos de suspensión a contarse desde el día 30 de Abril del corriente, de conformidad al Art. 200 inc. “a,11”, 32, 33 y 40. PASCANAS, Cba. 11 de Mayo de 2018.

 



COMPARTIR:

Comentarios