Domingo 22 de Diciembre de 2024

Hoy es Domingo 22 de Diciembre de 2024 y son las 14:17 - PANORAMA INMOBILIARIO LOCAL / FUERTE REVÉS JUDICIAL AL MUNICIPIO DE CORRAL DE BUSTOS / T Y C SPORTS HABLA DE ARGENTINO / HOMICIDIO EN BELL VILLE / PLUVIÓMETRO REGIONAL: 21 DE DICIEMBRE DE 2024 / ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA COOPERATIVA / LLAMADO A RETIRAR DNI / MOTO CHOCÓ CONTRA UN ÁRBOL / UN DETENIDO TRAS ALLANAMIENTO EN Bº GOBATO / NO SERÍA EXTRAÑO / LOS ÍTEMS QUE CONTEMPLA LA TARIFARIA 2025 / TRES PASAJEROS DE MONTE MAÍZ EN EL AVIÓN AVERIADO / BOCA SERÁ EL RIVAL DE ARGENTINO EN LA COPA ARGENTINA 2025 / CENA DE FIN DE AÑO DE IVECOR / PRONÓSTICO EXTENDIDO PARA LOS PRÓXIMOS SIETE DÍAS / ALLANAMIENTO DE LA FPA EN Bº GOBATO / SUGERENCIAS PARA UNA CENA EQUILIBRADA EN LAS FIESTAS / ECONOMÍAS FAMILIARES COMPROMETIDAS POR LOS ALQUILERES / ACCIÓN SOLIDARIA DE SEMTRACO / DISTINCIÓN A GOLEADORES Y VALLAS MENOS VENCIDAS /

18.3°

Monte Maíz

METEGOL

15 de mayo de 2018

TRIBUNAL DE DISCIPLINA RECTIFICA FALLO ARBITRAL

EN EL PARTIDO DE RESERVA ENTRE TALLERES Y ARGENTINO DE LA FECHA PASADA EL ÁRBITRO SE EQUIVOCÓ AL EXPULSAR A UN JUGADOR DE TALLERES

El domingo 29 de abril en el Partido de División Reserva que disputaron el local, Talleres de Etruria y el Club Deportivo Argentino se produjo una jugada en el área de Talleres en la que el N° 3, Patricio Gómez Barbetta, de Talleres empuja a un jugador de Argentino y se retira inmediatamente de la jugada. El árbitro, Mario Ibarra, observa la situación acercándose rápidamente y le muestra la Tarjeta Roja al N° 6 del local, Agustín Giraudo, expulsando, de esta manera, al jugador equivocado.

El Club de Etruria hizo el reclamo pertinente al Honorable Tribunal de Disciplina de la Liga Dr. Adrián Béccar Varela que sesionó el día 11 de mayo en Sede de la Liga y tras la rectificación del Informe del árbitro cambió la sanción aplicándole tres partidos de suspensión al Sr, Gómez Barbetta y dejando sin efecto la misma al Sr. Agustín Giraudo.

Así lo indica el Boletín N° 845 del 11 de mayo de 2018

Observaciones: Se da entrada a la nota remitida por el Club Sportivo Talleres de Etruria solicitando rectificación del fallo arbitral en relación al jugador Agustín Giraudo, misiva que acompaña con cd. Se da tratamiento y resolución según expediente Nº 008/2018.

EXPEDIENTE Nº 008/2018

El H.T.D. de la Liga Dr. Adrián Béccar Varela sesionó en el día de la fecha bajo la presidencia de su titula Sr. Jorge Rinaldi, Secretario Sr. José Feliciani y los Vocales Sres. Luís Gornefi, Néstor Garnero y Juan Carlos Ripoll.

Y VISTOS: el informe del Arbitro Sr. Mario Ibarra, siendo rectificado por escrito por parte del árbitro principal, informe en el que consta, que en el partido de fecha 29 de Abril de 2018 entre el Club Sportivo Talleres y su similar Club D. Argentino en Categoría Reserva, resulta expulsado el Sr. Gómez Barbetta Patricio, dejando sin efecto la sanción erróneamente aplicada al Sr. Agustín Giraudo.

Y CONSIDERANDO: Que el informe acompañado por el señor Arbitro del partido Sr. Mario Ibarra, cuya rectificación del informe arbitral obran acompañadas a las presentes actuaciones realizadas en legal forma y por escrito tal como se expresa en los vistos. Que habiendo aportado el Club Sportivo Talleres de la localidad de Etruria video del partido en cuestión y habiendo solicitados reconsideración del fallo emitido con fecha 30 de Abril del corriente. Que de la prueba aportada surgen con claridad las afirmaciones expresadas en la solicitud de reconsideración de fallo, y que los hechos son fieles a la rectificación del informe de referencia, este Tribunal basado en las pruebas antes mencionadas, y que obran en las presentes actuaciones RESUELVE: Hacer lugar en forma total al pedido de reconsideración legítimamente planteado por la institución de Sportivo Talleres, dejando sin efecto la sanción aplicada al Sr. Agustín Giraudo por encontrarse inocente de culpa y cargo, y dictando sanción al Jugador Sr. Gómez Barbetta Patricio de 3 (tres) partidos de suspensión a contarse desde el día 30 de Abril del corriente, de conformidad al Art. 200 inc. “a,11”, 32, 33 y 40. PASCANAS, Cba. 11 de Mayo de 2018.

 



COMPARTIR:

Comentarios