JUDICIALES
22 de diciembre de 2024
FUERTE REVÉS JUDICIAL AL MUNICIPIO DE CORRAL DE BUSTOS
EN UNA CAUSA POR EL "IMPUESTO A LA VALIJA"
La justicia falló en contra de la municipalidad de Corral de Bustos Ifflinger en una Causa que data del año 2010 cuando la empresa A.M.X. S.A. (Claro) denunció al municipio por cobrarle el denominado "impuesto a la valiha", pretensión del cobro de tasas a empresas de extraña juerisdicción.
El fuerte revés judicial significó una erogación de $43.000.000 de las arcas municipales.
El municipio de esa ciudad comunicó este fallo a través de un comunicado de prensa que dice:
"Queremos informar a la comunidad que luego de múltiples negociaciones se ha llegado a un acuerdo con la Firma A.M.X. S.A. (Claro) con la municipalidad de Corral de Bustos - Demanda en lo Contencioso Administrativo (Expediente S.A.C. Nº79095).
El monto actualizado y abonado por este municipio es de $43.000.000.
El orígen del litigio es por la pretensión del cobro de tasas a empresas de extraña jurisdicción. Denominado "impuesto a la valija" que el municipio local estableció por ordenanza Nº985/2010 cuando su Intendente fue Héctor Pagani y su Secretario de Hacienda el contador Santiago Giovagnoli.
La ordenanza fue aprobada por mayoría y rechazada por el bloque de la UCR.
En sus fundamentos se consignó expresamente su oposición, manifestando en acta ante el Concejo Deliberante que "Cuando no se presta determinado serviciom carece de sustento legal".
Con posterioridad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sentó jurisprudencia rechazando el cobro de esta tasa por parte de los municipios en juicio "Laboratorios Raffo con Municipalidad de Córdoba".
A.M.X. presentó su demanda contra el municipio con fecha 17/03/2011 ante la Cámara de Marcos Juárez. En este proceso la municipalidad fue condenada en costas (tiene que pagar los gastos y honorarios profesionales de los letrados intervinientes) por no haberse allanado en forma oportuna en el juicio. El allanamiento debió ser realizado al contestar la demanda por parte del municipio, habiendo sido realizado con posterioridad (al presentar su alegato en la Causa).
Se presentaron por parte del municipio a través de sus letrados todos los recursos a esta imposiciñon de costas, en cuanto a su legitimidad y monto regulado, habiendo sido rechazado en todas sus instancias.
La Camara de Marcos Juárez reguló honorarios profesionales letrados de A.M.X. (Claro) $11.406.544,50 (juicio principal) y $735.722,13 (Recurso Casación).
En este juicio intervinieron los Dres. Luis Pereira Duarte, Eduardo Krivoruk, María Laura Juárez y Fernando Miguel Montes. A dichos montos establecidos fijó un interés judicial de la tasa pasiva más el 3% nominal mensual desde la fecha de su regulación hasta su efectivo pago, que actualizados arroja la suma que tuvo que abonar en la municipalidad para dar fin a este pleito.
Este acuerdo se da luego de haber sido solicitado por los letrados en el juicio un embargo de las cuentas bancarias municipales y ser fijada una audiencia de conciliación por la Cámara de Marcos Juárez".
FUENTE: EL SOBERANO DIGITAL