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ACTIVIDAD H.C.D

15 de mayo de 2025

APRUEBAN MORATORIA MUNICIPAL

PARA REGULARIZACIÓN DE DEUDAS. SERÁ DE CONTADO O EN DOS Y TRES CUOTAS CON BONIFICACIÓN DE INTERESES POR MORA

En sesión ordinaria del Honorable Concejo Delberante del martes 13 de mayo de 2025, se aprobó por mayoría absoluta un Regimen de Regularización de Deudas aplicable a trubutos, tasas y planes municipales vencidos.
Este proyecto fue presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal en el marco de un contexto económico y social que  ha generado una importante contracción del consumo, disminución de la recaudación y pérdida del poder adquisitivo de la ciudadanía, afectando directamente las finanzas municipales. 
El presente régimen tiene por objeto recuperar recursos públicos  sin recurrir a la judicialización masiva de deudas, a la vez que se otorga a  los contribuyentes una herramienta transparente, legal y accesible para regularizar su situación fiscal.
De esta manera, se establecerá  un plan de facilidades de pago y refinanciación, respecto de obligaciones adeudadas hasta la entrada en vigencia de la ordenanza, originadas en: 
1) Contribuciones que inciden sobre inmuebles (Tasa por Servicios a la Propiedad); 2) Contribuciones por los Servicios General de Higiene que inciden sobre la actividad Comercial, Industrial y de Servicios  (Tasa Comercio, Industrias y Servicios), 3) Contribuciones que inciden sobre los Cementerios; 4) Contribuciones que inciden sobre rodados  (Impuesto a los Automotores); 5) Contribuciones por Mejoras, vencidas o devengadas; 6) Deudas por planes de viviendas; 7) Recargos por Derechos de construcción no registrada y/o relevada y demás Tributos Municipales que el Departamento Ejecutivo  considere adicionar al presente régimen; 8) Refinanciación de planes de pago. 
Se incorporarán en las condiciones y por los tributos mencionados, de forma mensual, las deudas vencidas el mes inmediato anterior al momento de la celebración del Plan de pagos.
Esta moratoria tendrá vigencia desde el 14 de mayo de 2025 hasta el 31 de julio del corriente año, inclusive. Los contribuyentes que abonen su deuda de contado se les bonificará el 100% de los intereses por mora. Y quienes abonen en dos o tres cuotas, tendrán una bonificación del 80% de los intereses por mora y no se les cobrará intereses por la financiación.
Los pagos con tarjetas de crédito, según los planes vigentes y con convenio con el municipio, serán considerados como pago contado.

 

FUENTE: www.montemaiz.gob.ar

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