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Monte Maíz

CENTRO COMERCIAL

30 de octubre de 2020

COMERCIOS DEBEN EXHIBIR MEDIOS DE PAGO QUE ACEPTAN

Imágen Ilustrativa

ES LA NUEVA RESOLUCIÓN VIGENTE, INFORME OFICIAL DEL CENTRO COMERCIAL DE MONTE MAÍZ Y DE FEDECOM

El Centro Comercial de Monte maíz informa a sus asociados:

Informamos a nuestros socios la nueva disposición.

A partir del lunes 25/10 es obligatorio exhibir los medios de pago que se aceptan.

La Secretaría de Comercio Interior estableció la obligatoriedad de que todos los proveedores de bienes y servicios informen en sus puntos de venta y sitios web los medios de pago que acepten, sean electrónicos y/o de cualquier otro tipo.

La normativa indica que todos los proveedores deberán colocar cartelería y/o elementos de identificación o similares, tanto en las vidrieras de los establecimientos y en las líneas de caja, como en las páginas web, exhibiendo de manera precisa y claramente visible, los medios de pago aceptados.

La cartelería, los elementos de identificación, logotipos y/o similares, de hasta una superficie máxima de 300 cm2, que utilicen los proveedores, serán considerados elementos de carácter exclusivamente informativo para los consumidores.

Se informó además que la medida rige desde el lunes 26 de octubre y su incumplimiento será sancionado conforme a la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias.

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) recomendó que, a fin de que todos los comercios puedan cumplir con esta disposición y teniendo en cuenta que muchos municipios todavía cobran tasas de publicidad a quienes exhiben marcas de tarjetas de crédito y débito, informar los medios de pago aceptados de la siguiente manera: “Aceptamos tarjeta de crédito, débito y pago con QR”.

CAME se comprometió a ponerse en contacto con la Secretaría de Comercio Interior para informar esta situación y evitar cualquier tipo de perjuicio a las pymes comerciales de todo el país.

Para acceder a la Resolución 449/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236516/20201026.

 

 



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