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Monte Maíz

ACTIVIDAD H.C.D

25 de septiembre de 2021

TRATAN DE REGULAR EL CEMENTERIO PARQUE

SE TRATARÁ EL PROYECTO EN TRABAJO EN COMISIÓN

En sesión ordinaria del Concejo Deliberante de Monte Maíz este miércoles por la noche, se trató el tema de la ordenanza que regula el cementerio parque, ubicado dentro del Campo Santo local.

La presidente del concejo, María Luisa Mottura, explicó que la ordenanza pertenece al año 1985 y tuvo algunas modificaciones en dos artículos en el año 1992. La concejal agregó que tan obsoleta está la norma que los montos a pagar por parte de los deudos están expresados en Australes. Fundamentó este pedido a que es de Catastro de la provincia de Córdoba desde donde lo están solicitando. 

El proyecto de ordenanza expresa lo siguiente:

Visto, la Ordenanza 63 del año 1985 y la Ordenanza 225 del año 1992, 

Y considerando, que la Ordenanza 63 del año 85 data de hace casi 40 años, período más que suficiente para hacer indispensable una actualización de sus normas adaptadas a la sociedad moderna. 

Que el cambio que surge siguiendo las legislaciones más modernas de la materia en todo el mundo, es el otorgamiento de las concesiones de uso sobre las distintas parcelas por periodos determinados, sí bien renovable pero ya no a perpetuidad como era costumbre anteriormente.

Que en la cotidianidad de la gestión administrativa, resultan situaciones que no han sido previstas por la normativa hoy vigente.

Qué surge apropiado renovar en la oportunidad.

Artículo 1º: La fracción de terreno según plano que se adjunta en la presente dentro del cementerio municipal, se designará Cementerio Parque Municipal y se regirá por lo establecido en la presente ordenanza.

Artículo 2°: Sera para que los habitantes de esta localidad que hayan fallecido, cuyos familiares o responsables deseen que sean inhumados en él. Se otorgará prioridad para personas fallecidas por enfermedades epidémicas o pandémicas. En segundo lugar podrá ser otorgada sin cargo alguno para quieres solicitaren la inhumación de un familiar y de acuerdo con el informe confeccionado por un trabajador social matriculado de la Dirección de Acción Social de la municipalidad, carezca de recursos económicos para su adquisición.

Artículo 3°: Para introducción e inhumación de cadáveres pertenecientes a personas fallecidas afuera del municipio, se permitirá con sujeción a las disposiciones de la presente ordenanza y exigiendo previamente se acredite que no provienen de regiones donde existan epidemias ni el fallecimiento ocasionado por enfermedad así calificada.

 

 

Artículo 4°: Una vez realizada la solicitud, se les asignará una parcela cuya medida de 2.20 x 1.20 metros, previo cumplimiento de las ordenanzas reglamentarias, obligaciones o requisitos que establezcan las autoridades y pago de los derechos, tasas e impuestos que las autoridades o reglamentaciones del cementerio establezcan. El único uso que podrá darse a esta parcela es la inhumación de cuerpos, restos o cenizas humanas.

Artículo 5°: Únicamente se podrá colocar sobre las parcelas una losa a nivel de tierra. Dicha losa será de 50 x 30 centímetros sobre la misma y en un espacio destinado a tal fin, se deberán colocar placas identificatorias de 20 x 10 centímetros y un florero que irá al mismo nivel de la losa.

Artículo 6°: No se permitirá ningún tipo de edificación sobre y alrededor de la losa que identifica la sepultura. Aquellas construcciones que se hayan realizado antes de la puesta en vigencia de este reglamento deberán adecuarse a las presentes disposiciones.

Artículo 7°: Las coronas y demás ofrendas florales que se coloquen con motivo de un sepelio, serán mantenidas sobre la tumba por 48 horas, al cabo de las cuales se dispondrá su retiro.

Artículo 8°: Se establece que en cada parcela se podrán inhumar hasta dos féretros, siempre que las condiciones del terreno lo permitan. Con eso se considerara la sepultura completa, no admitiéndose nuevas inhumaciones.

Artículo 9°: Será a cargo del familiar o responsable el pago a todos los derechos, impuestos, tasas y contribuciones que se encuentren a la fecha vigente.

Artículo 10º: Ante el incumplimiento de esta disposición, el titular será intimado por la autoridad competente, para que en el término de 30 días adecue las condiciones establecidas en la presente ordenanza. En caso contrario, la adecuación será realizada por la municipalidad, con cargo al titular de la fracción de terreno con la aplicación de una multa equivalente al 30 por ciento de los gastos de construcción.

Artículo 11º: En el cementerio municipal existe libertad de culto.

Artículo 12º: Todas las concesiones de uso que se otorguen sobre las parcelas del Cementerio Parque Municipal, serán temporarias. Fracciones de terreno destinadas a sepulturas están cedidas en concesión de uso a 6 años, renovables por idénticos períodos, previo pago de los derechos establecidos en la Ordenanza General Impositiva vigente.

Artículo 13º: Transcurridos seis meses del vencimiento del término originado en alguna de sus sucesivas renovaciones, sí que el titular de la fracción de terreno justifique su derecho a tales efectos, la municipalidad deberá intimar a su renovación o retiro de los restos, que deberá cumplimentar en el plazo máximo de 60 días.

Artículo 14º: En caso de que no pudiese ser localizado, se publicarán edictos en diarios de circulación masiva de la región por al menos 5 veces alternadas en el término de 30 días.

 

 

Artículo 15º: De continuar la falta de presentación pasado 60 días de la última publicación, la autoridad municipal podrá disponer de la fracción de terreno, previo traslado de los restos que serán destinados a su cremación, osario o fosa común a criterio de la misma.

Artículo 16º: Los titulares de concesiones de uso son responsables del pago de la tasa de mantenimiento y limpieza del cementerio, establecidos en tal artículo y siguientes de la Ordenanza General Impositiva o los que los reemplazare en el futuro.

 

La presidente del concejo, María Luisa Mottura, dijo que lo fundamental es al menos respetar las distancias, las medidas y los pasillos de circulación porque la gente a veces cuando está haciendo algún arreglo pisa una tumba contigua. También afirmó que hay mucho para debatir y que es meritorio hacerlo en un trabajo en comisión.

En uso de la palabra el concejal de Primero Monte Maíz, Jorge Cervigni, manifestó que conoce el tema porque lo ha vivido en forma personal, adelantó que no va a acompañar este proyecto de ordenanza, porque si bien las obras de desagüe que se hicieron han dado el resultado esperado, puede que ocurra en el futuro algún evento climático extremo, con más de 120 milímetros y ese lugar se inunda temporariamente.

Manifestó Cervigni que si bien hoy el cementerio parque existe, no es el lugar indicado para tener un cementerio parque y se debería prohibir por una cuestión lógica. Recordó que han tenido eventos de lluvia en Monte Maíz de hasta 160 milímetros y el desagüe tiene una capacidad de escurrimiento de agua, cuando esa capacidad es superada, por unas horas el agua permanece allí porque es zona inundable. Puso también como ejemplo Cervigni que la edificación que está haciendo en el cementerio la empresa funeraria La Nueva, ellos han llevado el nivel de piso a unos 45 centímetros por sobre el suelo, porque el agua en caso de una lluvia importante, sí bien se va, puede llegar a permanecer en el lugar hasta 48 horas.

A ese planteo, la concejal Mottura respondió que estos eventos meteorológicos vienen sucediendo desde hace muchos años, con el trabajo del Consorcio Canalero se ha solucionado mucho. Por lo tanto María Luisa Mottura no ve como argumento el tema de la demora en escurrir las aguas en caso de una lluvia importante cómo para poder avanzar en ese cementerio parque.

El concejal del oficialismo, Pablo Arce, agregó que el cementerio de Monte Maíz está en un bajo y por lo general todos los cementerios están en un bajo, y coincidió con el concejal Cervigni en que si bien la obra de desagüe está hecha, siempre algo de agua le va a ir porque es algo natural. También afirmó que no hay lugar para construir un cementerio parque dentro del perímetro que tenemos hoy. No hay y si se construyera estaría en la misma situación porque todo el cementerio es un bajo".

El tema será debatido en comisión.

 

Cobertura: Damian Huber

sintonia102.com



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