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16°

Monte Maíz

ACTIVIDAD H.C.D

27 de marzo de 2018

LECTURA DE ORDENANZAS ACLARAN POLÉMICAS

ORDENANZA TARIFARIA FACULTA A GAS DE MONTE MAÍZ A RECAUDAR EL 20% POR TASA MUNICIPAL Y A USAR EL DINERO EN PAGO DE DEUDAS O INVERSIONES

Luego de los dichos del Intendente sobra la Tasa Municipal en la boleta de gas consultamos la Ordenanza Tarifaria vigente N° 1376/2017 que se refiere a este tema. En su Artículo 81°, en el último párrafo dice: “Fijase una Tasa equivalente al 20% del precio neto de metros cúbicos de gas facturado por la empresa prestataria del servicio de gas y fijase una Tasa equivalente al 15% del precio neto de metro cúbico de agua facturado por la empresa prestataria del servicio de agua, ambas con destino al pago de deudas e inversiones de la empresa Gas de Monte Maíz S.A. y a los fines establecidos en el Artículo 180 de la Ordenanza General Impositiva…

Ese Artículo 180 (fotos internas) de la Ordenanza General Impositiva N°1205/14 que está vigente establece que la Tasa Municipal la cobrará la empresa prestataria del servicio de gas natural; es decir, Gas de Monte Maíz. Y además establece que la empresa está facultada a usar esa Tasa Municipal para inversiones de la empresa.

Aquí queda claro que si la Presidenta del Concejo propone disminuir la tasa Municipal está desconociendo lo que se votó en diciembre de 2017 y que es la Ordenanza que está vigente para el año 2018. Y, en todo caso, el Intendente puede quedarse tranquilo porque hay una Ordenanza que faculta a la empresa Gas de Monte Maíz a usar el dinero que recauda por Tasa Municipal para pagar deudas o hacer inversiones. Por lo tanto Gobiernos o Gestiones futuras no podrán reclamarle, a la actual Gestión, ese dinero o cuestionar su uso y/o destino.



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