TRIBUNAL DE DISCIPLINA
28 de diciembre de 2022
LAS SANCIONES DEL FIN DE SEMANA
CORRESPONDIENTES A LAS FINALES
Nómina de las resoluciones dispuestas en el Boletín N° 1026 por el Honorable Tribunal Disciplinario, en su sesión del lunes 26 de diciembre, para los torneos de la Liga Beccar Varela en disputa en la temporada 2022.
Primera División
Gabriel Márquez (Lambert), 2 fechas
Agustín Pascucci (Lambert), 1 fecha
Fabrizio Mattio (Jorge Newbery), 1 fecha
Tercera División
Leonardo Cogo (Jorge Newbery), 2 fechas
Tomás Baninetti (Jorge Newbery), 1 fecha
Seniors
Gustavo Irigo (Sportivo Rural), 1 fecha
EXPTE 15/2022 Dianda Alejandro D. y Otros C/Liga Reg. de Futbol Dr Adrián Beccar Varela - Amparo Ley 4915
Y VISTO... Y CONSIDERANDO... SE RESUELVE... archivar la presente causa, sin aplicación de sanción alguna a los jugadores involucrados. No obstante, se exhorta al Club Deportivo Argentino a respetar los reglamentos vigentes de la Liga Beccar Varela, debiendo evitar en un futuro interponer acciones judiciales por interpósitas personas en desmedro del resto de los clubes.
EXPTE 24/2022 Pascucci, Agustín y Otro. Agresión verbal.
Se suspende provisoriamente según artículo 22 y se cita a declarar en forma presencial o mediante nota, a los jugadores Agustín Pascucci y Rodrigo Alaniz, del Club Atlético Lambert de Monte Maíz, en la sede de la Liga el día 30/12/2022 a las 21:00 hs., en virtud del informe del árbitro Nicolás García, durante la premiación de la final disputada el día 22/12/2022 en cancha del Club Atlético Olimpo A. M. de Laborde.
Se da ingreso a las notas presentadas por el Presidente de la Liga, Sr. Walter Mellano, y miembro de la Mesa Directiva, denunciando los agravios realizados por los jugadores antes mencionados.
Se corre vista al árbitro del cotejo para que ratifique, rectifique y/o amplíe informe.
Se corre vista a la Mesa Directiva de la liga para que ratifique, rectifique y/o amplíe las denuncias presentadas ante este H.T.D.
Clubes
El Club Atlético Atenas de Ucacha, Club Atlético y Biblioteca Pascanas, y Club Atlético Cultural y Biblioteca Popular Recreativo de Laborde, cumplimentaron con sus obligaciones económicas, según Art. 77.
FUENTE: labeccar.com.ar