Domingo 5 de Octubre de 2025

Hoy es Domingo 5 de Octubre de 2025 y son las 16:33 - OCTUBRE: MES DE LA INCLUSIÓN / BAJO NIVEL EN MATEMÁTICAS DE ESTUDIANTES SECUNDARIOS / PLUVIÓMETRO REGIONAL: 5 DE OCTUBRE DE 2025 / SE COMPLETÓ LA SEXTA FECHA / RESULTADOS DE PRIMERA Y RESERVA / ENTREGA DE ÁRBOLES EN INSTITUCIONES ESCOLARES / GRAN OPORTUNIDAD PARA ADQUIRIR TU TERRENO / DETALLES FINALES DEL ALMUERZO DEL CENTENARIO / SEXTA FECHA DEL SENIOR / ALERTA METEOROLÓGICO PARA EL SUDESTE CORDOBÉS / BALLESTEROS SUD: CASO LÍAN, DETENCIÓN DE DOS VECINOS / ÁRBITROS Y PROGRAMACIÓN DE LA ÚLTIMA FECHA / MARCOS JUÁREZ: JOVEN DE 17 AÑOS HERIDO DE ARMA DE FUEGO / IDENTIFICAN EL ORÍGEN DEL OLOR EN EL CENTRO / DEMOLICIÓN DEL SUPERMERCADO DE LA COOPERATIVA / LOS PIBES DEL RAYA EN LA FELÍZ / EN NOVIEMBRE REINAUGURA EL BAR IDEAL / AVANCES EN PAVIMENTACIÓN DE CALLE LA PAMPA / RESULTADOS DE LA TERCERA FECHA DEL PROVINCIAL DE LIGAS / CRUZ ALTA: TRES DETENIDOS POR LA FPA /

17.4°

Monte Maíz

PROVINCIALES

31 de diciembre de 2023

RECOMENDACIONES PARA EL ASADITO AL AIRE LIBRE

Y TOMAR RECAUDOS PARA EVITAR INCENDIOS

  •  Qué se puede hacer y qué no de acuerdo a la Ley del Manejo del Fuego (8751).
  • Recomendaciones del Director de Riesgo Climático de la Provincia de Córdoba, Roberto Schreiner.

En temporada de verano es común que se realicen asados en espacios abiertos, sobre todo en zonas turísticas. De ahí que es importante recordar los cuidados para evitar incendios, en especial en meses donde el riesgo de focos aumenta exponencialmente.

Es importante que los habitantes de Córdoba y los turistas tengan en cuenta que no se pueden hacer asados en ningún lado que no esté autorizado. Solo se puede hacer fuego en lugares como campings, complejos de cabañas y zonas hoteleras”, explicó el Director de Riesgo Climático de la Provincia de Córdoba, Roberto Schreiner.

Además, recomendó que al llegar a una localidad es conveniente preguntar a un inspector de tránsito, a los bomberos locales, la policía, Seguridad Náutica o al DUAR donde se puede o no hacer asados. Incluso se sugiere consultar a los habitantes de cada localidad, que conocen muy bien la región.

Sobre la Ley del Manejo del Fuego

Según detalla la Ley del Manejo del Fuego (N° 8751), en su artículo 4, “queda prohibido el uso del fuego en el ámbito rural y/o forestal, salvo en aquellos casos en que se cuente con autorización emanada de la Autoridad de Aplicación”. Además, prevé que “el uso del fuego en violación a esta norma dará lugar a las sanciones previstas en el Art. 19°”.

De esta manera, los infractores “serán sancionados con multa que van de un mínimo de una (1) Unidad de Multa, hasta un máximo de quinientas (500) Unidades de Multa, sin perjuicio de la responsabilidad penal por la comisión de delito”.

Cabe destacar que la Unidad de Multa será un importe equivalente a un sueldo de peón rural vigente a la fecha de la comisión del hecho.

 



COMPARTIR:

Comentarios