Lunes 22 de Julio de 2024

Hoy es Lunes 22 de Julio de 2024 y son las 18:23 - SEGUNDO SEMESTRE DEL BOLETO EDUCATIVO GRATUITO / LESIONES DE MOTOCICLISTAS QUE CHOCARON AUTO ESTACIONADO / DE LA INVASIÓN DE MOSQUITOS A LA OLA POLAR / MONTE MAÍZ MIRA YA TIENE VOZ PROPIA EN LA RADIO / SEMIFINALES DEL FÚTBOL MAYOR: PARTIDOS DE IDA / ROBO CALIFICADO A VECINO DE JUSTINIANO POSSE / INAUGURACIÓN DE AGROCOMERCIAL GARCÍA EN VENADO TUERTO / ÚLTIMOS DIEZ DÍAS PARA ADHERIR A LA MORATORIA / FAENA CLANDESTINA EN VILLA NUEVA / POR LA CONCILIACIÓN OBLIGATORIA UEPC SUSPENDIÓ EL PARO / COLISIÓN DE MOTO CON AUTO ESTACIONADO / DERROTA DE ARGENTINO EN MENDOZA / CELEBRACIÓN DE LA NOVENA PATRONAL EN COLONIA BARGE / SE ENCONTRÓ CON EL LADRÓN DENTRO DE SU CASA / BOMBEROS RESCATARON A UN PONY DEL RÍO SALADILLO / EL INTENDENTE FIRMÓ CONVENIOS CON LA PROVINCIA / MÁS GANADORES DEL GAUCHITO EXTRA / LOS GANADORES DEL GAUCHITO EXTRA / SORTEO DE LOS VIERNES DE JULIO / CONTROLES EN VÍA PÚBLICA ORDENADOS DESDE BELL VILLE /

15.4°

Monte Maíz

REGIONALES

31 de mayo de 2019

MALTRATO ANIMAL EN ESCALANTE

Perra atacada con un rifle de aire comprimido

UNA PERRA RECIBIÓ UN DISPARO DE RIFLE EN CALLE URQUIZA

Una vecina de la calle Urquiza, ubicada en el sector Noroeste de la vecina localidad de Wenceslao Escalante, denunció a través de la Red Social Facebook que su perra sufrió un disparo de rifle de aire comprimido.

Según manifestó no es la primera vez que ocurre y tendría identificado al autor del maltrato animal. La perra solo sale a la vereda y no ocasiona ningún daño ni disturbio con lo cual la indignación de su dueña es aún mayor.

El maltrato animal está penado por la Ley:

  • LEY 14346

Sancionada el 27/IX/1954; promulgada el 27/X/1954; y publicada en el Boletín Oficial el

5/XI/1954 - CÓDIGO PENAL

ARTÍCULO 1. Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

ARTÍCULO 2. Serán considerados actos de mal trato:

1. No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos;

2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas;

3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas;

4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado;

5. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos;

6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

ARTÍCULO 3. Serán considerados actos de crueldad:

1. Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello;

2. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.

3. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada;

4. Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia;

5. Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones;

6. Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato;

7. Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causándoles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por el solo espíritu de perversidad.

8. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales.

ARTÍCULO 4. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Nota: La Ley 14346 : Rige para toda la Nación es considerado un delito penal el maltrato y la crueldad hacia los animales, está tipificado por esta ley especial, que integra el Código Penal Argentino, no es una contravención o un delito “menor”. Fue pionera en su tipo para toda Latinoamérica, mucho antes de la Declaración de los Derechos de los Animales (1978) de la U.N.E.S.C.O., O.N.U., la cual Argentina también, firmó.

 



COMPARTIR:

Comentarios