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Monte Maíz

8 de enero de 2020

IMPUESTOS MUNICIPALES CON UN 49% DE AUMENTO

Crédito: www.sintonia102.com

SE APROBÓ POR MAYORÍA EN EL HONORABLE cONCEJO DELIBERANTE DE MONTE MAÍZ

En Sesión extraordinaria del Honorable Concejo Deliberante de Monte Maíz del lunes por la noche se aprobó el Proyecto de Ordenanza que impulsa un aumento del 49% en los impuestos y tasas Municipales.

Tal Proyecto había sido enviado por el Ejecutivo Municipal y fue aprobado por mayoría ya que la Oposición –Primero Monte Maíz y la UCR- no estuvieron presentes en el Recinto.

En su Art. 2° la Ordenanza establece: “Increméntese en un 49% las contribuciones que inciden sobre los inmuebles –Tasa Municipal de Servicios a la Propiedad- y todos los montos fijos establecidos en la Ordenanza N° 1.417/2019 que por este acto se prorroga hasta la fecha de sanción de la de 2020.

COMUNICADO DE PRIMERO MONTE MAÍZ:

Desde Primero Monte Maíz, queremos dar a conocer que nuestros Concejales Mirta Videira y Jorge Cervigni no se hicieron presente en la sesión extraordinaria llevada a cabo este Lunes a la hora 20,30.

En la misma se sometía a votación el incremento de los impuestos municipales en 49%. NO ESTAMOS DE ACUERDO con el brusco aumento, por eso nos reunimos y tomamos la desicion de no presentarnos y elevar una nota explicando nuestra ausencia.

A continuación damos a conocer el texto que emitimos a la Presidente del Honorable Concejo Deliberante (Copia de la nota presentada):

Atento a v/convocatoria a la sesión extraordinaria a realizarse en el día de la fecha a las 20.30 hs. nos dirigimos a Ud. Y por v/ intermedio a los demás integrantes de ese Honorable Cuerpo Legislativo, a fin de informarle que no concurriremos a la misma por los siguientes motivos:

No podemos avalar un incremento en la totalidad de las tasas municipales sin un estudio previo de costos específicos y generales que insumen la prestación de los servicios comunitarios (49%), acordes a la realidad económica y social de Monte Maiz.

El artículo 10 de la Ordenanza de Emergencia Económica dice lo siguiente:" Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal en el marco de la presente Ordenanza y con el fin de cumplir con el objetivo de recaudar las acreencias que tiene el municipio, a establecer facilidades de pago, las que determinará por vía reglamentaria a través de decreto."

Este artículo permite al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar por decreto diferentes formas de pago a fin de cobrar las acreencias del Municipio, lo cual avala una discrecionalidad en el tratamiento de diferentes situaciones particulares. De esta forma estaríamos violando el principio de equidad ante la ley.

Consideramos que mientras dure la Emergencia Económica no tiene sentido que este Cuerpo Legislativo trate una nueva Ordenanza Tarifaria ya que dicha Ordenanza de la Emergencia permite al Departamento Ejecutivo hacerlo por Decreto.

Saludamos a Ud. Con atenta y distinguida consideración.



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