Jueves 31 de Julio de 2025

Hoy es Jueves 31 de Julio de 2025 y son las 20:26 - EL 15 DE AGOSTO VENCE EK PERÍODO DE PODA / SEXTA FECHA DEL KARTING EN ASFALTO / DETENIDO POR PRODUCCIÓN DE MATERIAL PORNOGRÁFICO / GRAVE CAÍDA DE LA MATRÍCULA EN EL NIVEL INICIAL / RECUPERAN BICI ROBADA EN POSSE / MURIÓ NIÑO DE 14 AÑOS EN CRUZ ALTA / EL DOMINGO CONTINÚA EL CICLO DE CINE / INTENDENTA DEL DEPARTAMENTO UNIÓN ALZÓ SU VOZ CONTRA MILEI / CRECE LA PREOCUPACIÓN POR LA INSEGURIDAD EN CÓRDOBA / EL CHOLO CORONAS HABLÓ EN EL RAYA TV / OPERATIVOS POLICIALES EN BELL VILLE / ADVIERTEN SOBRE EL IMPACTO DEL USO EXCESIVO DE PANTALLAS / ALERTA POR VIENTOS FUERTES PARA EL SUDESTE CORDOBÉS / ÚLTIMOS DOS DÍAS PARA ADHERIR A LA MORATORIA / BELL VILLE: MOTOCICLISTA COLISIONÓ A PEATÓN / AUMENTÓ LA VENTA DE INMUEBLES EN MONTE MAÍZ / SECUESTRO DE PLANTA DE MARIHUANA EN SITIO BALDÍO / GRAVE ACCIDENTE EN BELL VILLE / PRONÓSTICO EXTENDIDO PARA LOS PRÓXIMOS SIETE DÍAS / JUEVES COMIENZA A COBRAR LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL /

16.5°

Monte Maíz

INDICADORES

5 de agosto de 2021

SE FIRMÓ EL REAJUSTE DE LA PARITARIA DE COMERCIO

BONO NO REMUNERATIVO DE $4.000 Y 9% DE AUMENTO

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron ayer 3 de agosto un acuerdo complementario al celebrado en abril pasado para la paritaria 2021 de la actividad mercantil (CCT 130/75).

Las partes consensuaron una gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241), y de naturaleza excepcional, de $4000, que se abonará durante la segunda quincena del mes de agosto de 2021.

Asimismo, acordaron un incremento salarial de 9% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de mayo de 2021.

El mencionado aumento de 9% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241) a partir del mes de noviembre de 2021. Este incremento mantendrá su carácter no remunerativo hasta enero de 2022, momento en que se incorporará a los nuevos básicos de convenio por su valor nominal.

Es importante destacar que el incremento acordado no tiene impacto sobre los adicionales del CCT 130/75 mientras mantenga su condición de no remunerativo y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación, a saber: presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer. Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.

Se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Lo pactado en este acuerdo complementario tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2022 y se ha mantenido el compromiso de las partes a reunirse en el mes de enero para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido. 

Simultáneamente, se acordó la prórroga en idénticos términos y condiciones, para los meses de julio a diciembre de 2021, ambos inclusive, del Convenio de emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad económica (Resol.515/20 MT y Cctes.)

 

FUENTE: fedecom.org.ar



COMPARTIR:

Comentarios