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JUSTICIA

4 de junio de 2022

DECLARARON INIMPUTABLE A MARANO BONETTO

EL VETERINARIO DE LABORDE, CONDENADO POR UN DOBLE FEMICIDIO EN EL BARRIO PORTEÑO DE LA BOCA

Este jueves, un veterinario cordobés (de Laborde) que había sido condenado a prisión perpetua por el crimen de dos amigas y el intento de homicidio de otro joven en una plaza del barrio porteño de La Boca, a quienes atacó con una navaja cuando estaban festejando un cumpleaños en octubre de 2016, fue declarado inimputable por la Cámara Nacional de Casación y enviado a un neuropsiquiátrico.

La decisión por mayoría tomada por la Sala III recayó sobre Mariano Alejandro Bonetto de 34 años de edad, quien había recibido la pena máxima por los homicidios de Nuria Couto de 18 y Natalia Grenbenshicova de 15. Ahora quedó a disposición del Juzgado Civil 25, que dispuso que en las próximas horas sea trasladado al hospital Borda.

La abogada Liliana Borysiuk, representante de una de las víctimas, tras conocerse la resolución que convalidó la apelación de la defensa, en contraposición a la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 22 del 13 de septiembre de 2018 dijo a Télam que “es realmente nefasto este fallo pero vamos a apelar ante la Corte Suprema de Justicia porque el señor Bonetto va a tener más probabilidades de estar en la calle en poco tiempo matando gente”.

La letrada indicó que el juzgado civil deberá ordenar que se le practiquen los exámenes psiquiátricos correspondientes, aunque sostuvo que el condenado quedó “muy cerca de quedar libre”.

Para declararlo inimputable, Héctor Magariños, uno de los tres jueces de la Sala III de Casación, resaltó “el informe elaborado por la junta médica integrada por profesionales del Cuerpo Médico Forense, de la defensa y de las partes querellantes” que, por “unanimidad”, concluyó que la afección padecida por el acusado era un cuadro psicótico compatible con síndrome delirante crónico, el cual se corresponde con una alteración morbosa de sus facultades mentales.

Según los especialistas, eso “le ha impedido en el momento del hecho comprender las características del acto y la dirección de sus acciones”.

“El tribunal oral, en su fallo mayoritario optó, en lugar de realizar una valoración estrictamente jurídica, por inmiscuirse en un inidóneo intento de cuestionar, desde la perspectiva médico­psiquiátrica y psicológica, lo sostenido por los distintos profesionales especializados intervinientes en el caso”, aseguró en su voto, al que adhirió su colega Alberto Huarte Petite.

Para el magistrado, el TOC 22 eligió “desconsiderar la prueba científica­ no jurídica relativa a la inimputabilidad de aquel, con base en apreciaciones ajenas a las incumbencias del juzgador, producto exclusivo de un voluntarismo carente de sustento en los elementos incorporados al proceso y, por ello, contrario a la labor estrictamente jurisdiccional”.

Por ello, Casación ordenó que Bonetto “quede a disposición inmediata del juez civil al cual por orden de turno corresponda conocer, a fin de que teniendo en cuenta las consideraciones, conclusiones y recomendaciones médicas obrantes en el proceso relativas a la existencia de un riesgo cierto e inminente tanto para él como para terceros, resuelva en punto al mantenimiento de la actual internación compulsiva, así como con relación al tratamiento terapéutico que deba serle suministrado”.

Por su parte, el juez Gustavo Bruzzone había considerado en su voto minoritario “que en la sentencia se ha efectuado un razonado análisis del cuadro probatorio para demostrar que en el caso no se pudo acreditar que el imputado haya actuado bajo un brote psicótico ni de tipo esquizofrénico ni de delirio crónico”.

“El brote psicótico debía ser descartado por la actitud posterior de Bonetto al momento de su detención, en donde la médica que inmediatamente lo había examinado, no pudo observar ningún detalle que le hiciera pensar en alguna anormalidad”, dijo.

Cabe recordar que el hecho se registró el 11 de octubre de 2016 alrededor de las 16, cuando Nuria y Natalia salieron de la Escuela Superior de Bellas Artes Manuel Belgrano, donde la mayor era egresada y empleada y la menor cursaba tercer año.

Las dos amigas se dirigieron junto con otros jóvenes al Parque Irala, a unas dos cuadras del estadio del club Boca Juniors, para tomar mate y festejar el cumpleaños de uno de ellos y los jóvenes cantaban y tocaban la guitarra cuando se les acercó Bonetto, quien se sentó junto a ellos y entabló conversación.

De repente, el imputado se abalanzó sobre Nuria y la apuñaló 17 veces con una navaja mientras un amigo de la joven, Martín Ranrock, comenzó a gritar pidiendo ayuda. Bonetto también intentó apuñalarlo y comenzó a perseguirlo, pero luego cambió de objetivo y tomó por la espalda a Natalia, quien se encontraba cerca de una fuente que tiene la plaza, y le asestó cuatro puñaladas en distintas partes del cuerpo.

Los ataques fueron presenciados por diversos testigos, algunos de los cuales asistieron a las víctimas y llamaron al SAME, mientras que otros corrieron tras el imputado -quien siempre exhibía el arma blanca- hasta que lograron rodearlo y reducirlo.

Cuando la multitud se dispersó, Bonetto tenía clavada su propia navaja en la cabeza y presentaba una lesión de arma blanca en el tórax.

Tras la agresión, una pareja que se encontraba en el lugar trasladó a Nuria y a su amigo al Hospital Argerich, mientras que Natalia fue llevada hasta el mismo centro asistencial por el SAME pero pese a los esfuerzos médicos, Couto murió el 5 de noviembre, mientras que el deceso de Grebenshchikova se registró el 24 de ese mismo mes.

A sólo dos meses del doble crimen, en diciembre del 2016, la jueza de instrucción Wilma López también había considerado a Bonetto “inimputable”, lo sobreseyó y ordenó su internación durante 25 años en el Prisma.

Sin embargo, en enero del 2017 la Cámara del Crimen revocó la medida en un fallo en el que tuvo en cuenta una carta manuscrita del sospechoso en la que admitió su culpa y afirmó: “Soy víctima de mi propia mentira” y en septiembre del 2018, el TOC 22 lo condenó a la pena de prisión perpetua y lo envió a un penal a cumplir su condena.

 

FUENTE: infobae.com



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