Martes 27 de Enero de 2026

Hoy es Martes 27 de Enero de 2026 y son las 13:43 - PRONÓSTICO EXTENDIDO PARA LOS PRÓXIMOS SIEYE DÍAS / BUSCAN A UN HOMBRE QUE HABRÍA ESTADO EN MONTE MAÍZ / ROBAN CABLES Y HERRAMIENTAS EN UNA EMPRESA DE RUTA 11 / PAUNY NO PUDO PAGAR LAS VACACIONES / INTENSIFICAN CONTROLES DE TRÁNSITO EN EL PUEBLO / PLUVIÓMETRO REGIONAL: 26 DE ENERO DE 2026 / LOS HECHOS POLICIALES EN EL DEPARTAMENTO UNIÓN / LEONES: ESTAFA MILLONARIA A UN HOMBRE DE 75 AÑOS / EMPATÓ LAMBERT POR LA PRIMERA FECHA DEL PROVINCIAL / LAMBERT PRESENTÓ SU NUEVA PILCHA ALTERNATIVA / CINCO MIL KILOS DE CARTÓN PARA RECICLADO / TALLERES DE ETRURIA INICIÓ LA PRETEMPORADA / CRÍTICAS A MILEI EN LEONES / BALLESTEROS VOLVIÓ A MARCHAR LOS LIAN / TODAVÍA HAY TIEMPO PARA ELEGIR EL LUGAR / CALLE RÍO NEGRO EN OBRAS DE RECOSNTRUCCIÓN DE BADENES / EMPRESARIO DE MORRISON DENUNCIÓ ROBO MILLONARIO / CAÍDA EN SOLITARIO DE LA MOTO / CUARTO REFUERZO DE ARGENTINO / CONTROLES VEHICULARES PARA EL ORDENAMIENTO DEL TRÁNSITO /

27.7°

Monte Maíz

REGIONALES

14 de abril de 2020

CORRAL DE BUSTOS: USO OBLIGATORIO DEL BARBIJO

Intendente: Roberto Pacheco - Corral de Bustos Ifflinger

A PARTIR DEL LUNES 20 DE ABRIL

La medida entró en vigencia este lunes 13 de Abril como “recomendación” y el próximo lunes 20 de Abril comienza a regir como “obligatorio”

En la tarde de este lunes 13 de abril del 2020, el intendente municipal, Roberto Pacheco, firmó el decreto 018/2020 que establece el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para todo aquél que deba circular por la vía pública, para ingresar o permanecer en locales comerciales y en dependencias de atención al público en el ámbito de la ciudad de Corral de Bustos-Ifflinger y en cualquier otro ámbito.

La medida se implementará como “simple recomendación” a la ciudadanía desde este lunes 13 de abril del 2020 hasta el domingo 19 de abril y entra en vigencia con carácter de obligatorio a partir del lunes 20 de abril del 2020.

El decreto también establece una sanción pecuniaria (multa), para aquellos que incumplan con la obligación del uso de protectores faciales de distinto tipo, de $2.000 para la primera infracción, y elevándose en caso de reincidencia a la suma de $10.000, cada nueva infracción. También se establecen multas para aquellos locales comerciales y/o dependencias de atención al público que permitan el ingreso de personas que se encuentren en infracción. En este caso la sanción pecuniaria será de $5.000, para la primera infracción y elevándose en caso de reincidencia a la suma de $20.000, cada nueva infracción, sin perjuicio que la reiteración o gravedad de la infracción admita la aplicación accesoria de clausura o revocación de la habilitación municipal.

La multa que en cada caso se disponga como sanción, podrá serle sustituida a criterio del Juzgado Municipal de Faltas de la ciudad, mediante el cumplimiento de Tareas Comunitarias, que coordinará al efecto con el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

FUENTE: elsoberanoenlaweb.com.ar

 



COMPARTIR:

Comentarios